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C-645/10
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-645/1024 de agosto de 2010

Aclaración de voto

MagistradoMaría Victoria Calle Correa

Tema de la sentencia: Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Diálogo Político Y Cooperación Entre La Comunidad Europea Y Sus Estados Miembros, Por Una Parte, Y La Comunidad Andina Y Sus Países Miembros (Bolivia, Colombia, Perú, Ecuador Y Venezuela), Por Otra

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACION DE VOTO DE LA MAGISTRADA MARIA VICTORIA CALLE CORREA A LA SENTENCIA C-645 de 2010ACUERDO DE DIALOGO POLITICO Y COOPERACION ENTRE LOS PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LOS PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA-Trámite de anuncio previo (Aclaración de voto)Referencia: expediente LAT-355Revisión automática de constitucionalidad del “Acuerdo de diálogo político y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Comunidad Andina y sus países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), por otra parte” hecho en Roma, el quince (15) de diciembre de dos mil tres (2003) y la Ley 1349 de julio 31 de 2009 que lo aprueba.Magistrado Ponente:Dr. Humberto Antonio Sierra PortoCon el acostumbrado respeto, a continuación expongo las razones que me llevaron a aclarar el voto en la presente sentencia. Pese a que la Ley aprobatoria cumplió todos los requisitos de forma y contenido, sin embargo con respecto al anuncio previo para primer debate en la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara, tercer debate del proyecto, debo referirme a la forma como se efectuó el mismo, en la sesión del 5 de mayo, correspondiente al Acta número 28 de 2009, publicada en la Gaceta del Congreso N° 544 de 2009. En la lectura de la Gaceta se observa que en el punto V, a propósito de los anuncios de proyectos de ley se anota: “1. Proyecto de Ley número 53 de 2008 Senado, 251 de 2008 Cámara, por medio del cual se aprueba el acuerdo de diálogo político y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros por una parte, y la Comunidad Andina y sus países miembros Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela por otra parte, hecho en Roma el 15 de diciembre de 2003.Este proyecto va a ser votado y considerado en la próxima sesión de comisión que tenga la Comisión (sic)”. En el punto VII, a propósito de las proposiciones de los Representantes se dice: “Le informo señor Presidente que no existe en la mesa ninguna proposición radicada, ni pendiente de tramitar, Señor Presidente”.Hace uso de la palabra el Presidente (encargado): “Teniendo en cuenta que no existe ninguna proposición, se termina la sesión. Se levanta la sesión y se les estará informando en sus oficinas para cuando es la próxima sesión”. El proyecto es aprobado en primer debate de la Cámara, en la sesión del 6 de mayo, publicada en la Gaceta del Congreso número 545 del 2 de julio de 2009.Este anuncio previo en mi criterio, debió ser más preciso, pues en el momento en que se efectúa el mismo, deben fijarse los elementos que permitan a los miembros de la Comisión respectiva, determinar con certeza cuando tendrá lugar la próxima sesión en que se votará el proyecto de Ley. Ello para garantizar el cumplimiento del artículo 8 del Acto Legislativo N° 01 de 2003 y evitar que pueda incurrirse en equívocos, sobre el día en que se llevará a cabo la votación.Fecha ut supra,MARIA VICTORIA CALLE CORREAMagistrada ---pies de página--- La dirección específica en que se encuentra la Gaceta del Congreso referida es http: servoaspr.imprenta.gov.co:7778 gacetap gaceta.nivel_3 Información obtenida el 15 de junio de 2010. Documento encontrado en el sitio web http: europa.eu legislation_summaries other r14003_es.htm, 14 de junio de 2010. Documento encontrado en el sitio web http: europa.eu legislation_summaries external_relations relations_with_third_countries latin_america r14004_es.htm, 14 de junio de 2010. Ibidem. Documento encontrado en el sitio web http: eur-lex.europa.eu smartapi cgi sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2000&nu_doc=670, 14 de junio de 2010. Sentencia C-231 de 1997 Sentencia C-231 de 1997. Véase: VERDÚ. Pablo Lucas. La democracia como régimen político. Curso de derecho político. Volumen

II. Tecnos. Madrid. Pág.

262. Sentencia C-644 de 2004.