Aclaración de voto a la Sentencia C-621 97LEY ESTATUTARIA-Vicio de trámite es formal (Aclaración de voto)Aclaro mi voto en el sentido de expresar mi profunda satisfacción por el hecho de que la Corte, finalmente haya acogido el criterio que el suscrito había venido sosteniendo acerca del carácter formal y no sustancial del vicio de inconstitucionalidad consistente en no haber tramitado como ley estatutaria una ley que debiera haberlo sido, con arreglo al artículo 152 de la Carta Política.Referencia: Expediente D-1709Aclaro mi voto en el sentido de expresar mi profunda satisfacción por el hecho de que la Corte, finalmente haya acogido el criterio que el suscrito había venido sosteniendo acerca del carácter formal y no sustancial del vicio de inconstitucionalidad consistente en no haber tramitado como ley estatutaria una ley que debiera haberlo sido, con arreglo al artículo 152 de la Carta Política.JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDOMagistradoFecha, ut supra. ---pies de página--- Ver, entre otras, las sentencias C-416 92, C-467 93 y C-546
94. Sentencia No. C-176 del 30 de abril de 1996. MP. Dr. Alejandro Martínez Caballero.