Salvamento de voto a la Sentencia No. C-582 95Ref. Expediente No. R.E. 072Disentimos del fallo proferido por la Sala Plena dentro del negocio de la referencia, porque, según se expresa en su parte motiva y resolutiva, sus efectos son hacia el futuro y no a partir de la notificación de la sentencia C-466 del 18 de octubre de 1995 sobre la inexequibilidad del decreto 1370 de 1995 que declaró el Estado de Conmoción Interior, por las razones que aparecen expuestas en el salvamento de voto que los suscritos hicimos a la snetencia C-488 95 de la cual fue pontente el Dr. José Gregorio Hernández Galindo, el cual damos por reproducido.Fecha ut supra,ANTONIO BARRERA CARBONELLMagistradoALEJANDRO MARTINEZ CABALLEROMagistrado
Salvamento de voto
MagistradosAlejandro Martínez Caballero·Antonio Barrera Carbonell
Salvamento conjunto de Alejandro Martínez Caballero y Antonio Barrera Carbonell — comparten un mismo texto.
Tema de la sentencia: Dec. 1723/95. Medidas Tendientes A Erradicar Los Delitos Contra La Libertad Personal. Conmocion Interior. Inexequible.
✓
Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado