C-489 de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Oyola Paloma Percy Y Otros·Demandado Ley 2294 De 2023
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por inexistencia de conexidad directa del tema nuevo con los asuntos discutidos previamente
- Inclusión de nuevos artículos durante segundo debate
- Conexión entre objetivos o metas de la parte general e instrumentos creados por legislador para alcanzarlos
- Conexidad temática, teleológica, causal, sistemática o consecuencial
- Naturaleza y contenido
- Elaboración y trámite
- Criterio de temporalidad
- Inexistencia de conexidad directa
- Criterios para determinar en qué casos se está ante la inclusión de un tema nuevo
- Vicio material y no formal
- Vulneración produce inexequibilidad
- Reglas jurisprudenciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, Colombia Potencia Mundial de la Vida.
Con la norma censurada se creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT) y los actores alegaron que con ello se violó los artículos 158, 169 y 157-2 de la Constitución y 157 de la Ley 5ª de 1992.
La Corte concluyó que el Congreso de la República desconoció los principios de consecutividad e identidad flexible que dotan de racionalidad y coherencia al trámite legislativo, al incluir la creación del INDTOT mediante una proposición para los debates de las plenarias de Senado y Cámara, sin que se haya comprobado su conexidad con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones correspondientes, ni la relación estrecha, inmediata y directa de estos temas con los objetivos generales del Plan Nacional de Desarrollo.
Asimismo, verificó que desconoció el principio de unidad de materia, al incluir una norma que no resultaba de carácter instrumental para conseguir las metas, planes, programas o estrategias previstos en la parte general del Plan, sino que conducía a una transformación institucional que, además, por su carácter permanente, debería ser decidida en el marco de la competencia general del Congreso de la República de dictar las leyes.
Con base en lo anterior, se declaró INEXEQUIBLE el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2294/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- Único. Declarar INEXEQUIBLE el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, por las razones expuestas en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.