Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de octubre de 2025Sala Plena

C-443 de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Mejía Barcenas Carlos Andres·Demandado Ley 906 De 2004

Tema · dato duro
Sustitución De La Detención Preventiva Intramural Incluye Las Condiciones De Salud Que, Aun Sin Calificarse Clínicamente Como Graves, Son Objetivamente Incompatibles Con La Vida En Reclusión. Configuración De Omisión Legislativa Relativa.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Detencion Preventiva
  • Carácter excepcional
  • Derecho a plazos razonables y un debido proceso sin dilaciones
Estado De Cosas Inconstitucional En Materia De Hacinamiento Carcelario
  • Seguimiento en materia penitenciaria y carcelaria
Medidas De Aseguramiento En El Proceso Penal
  • Límites formales y sustanciales
Sustitución De La Detención Preventiva Por Detención Domiciliaria
  • Incluye condiciones de salud que, aun sin calificarse clínicamente como graves, son objetivamente incompatibles con la vida en reclusión
Omisión Legislativa Relativa
  • Configuración
  • Existencia conlleva a sentencia integradora
Relaciones De Especial Sujecion Entre Los Internos Y El Estado
  • Respeto por la dignidad humana de personas privadas de la libertad
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Deber del Estado de garantizar pleno ejercicio de derechos no restringidos y parcialmente los limitados legalmente
Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad
  • Protección integral, continua y en condiciones de calidad por parte del Estado
Medidas De Aseguramiento
  • Principios por los que se rige
  • Finalidad
Sustitución De Prisión Intramural Por Reclusión Domiciliaria U Hospitalaria
  • Procedencia en casos de enfermedades incompatibles con la vida en reclusión
15 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 314 (parcial) de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

El actor adujo que la expresión “estado grave por enfermedad” incurrió en una omisión legislativa relativa, en tanto excluyó de la posibilidad de sustitución de la detención preventiva a las personas cuya enfermedad, si bien no es calificada como grave desde una perspectiva médica, es objetivamente incompatible con la vida en reclusión.

La Corte concluyó que la norma acusada introduce un trato discriminatorio entre personas que, en condiciones equivalentes de salud, por enfrentar una incompatibilidad con el régimen de detención intramural, son excluidas del beneficio por no cumplir el estándar terminológico de gravedad exigido por la ley.

Consideró, además, que dicha exclusión desconoce los principios de igualdad, dignidad humana y los deberes reforzados del Estado frente a las personas privadas de la libertad.

Por lo anterior, la Sala Plena optó por declarar EXEQUIBLE CONDICINADA la frase demandada, en el entendido de que también incluye las condiciones de salud que, aun sin calificarse clínicamente como graves, sean objetivamente incompatibles con la permanencia del imputado o acusado en reclusión.

Se precisó que, si bien el dictamen médico oficial es un presupuesto necesario para activar la posibilidad de sustitución de la medida de aseguramiento, le corresponde al juez de garantías, a partir de una valoración autónoma conforme con las reglas de la sana crítica, determinar si la condición de salud certificada resulta objetivamente incompatible con la permanencia del imputado o acusado en reclusión.

Finalmente, la Sala Plena precisa que la medida sustitutiva tiene carácter temporal y se mantiene únicamente mientras persistan las circunstancias que justifican su concesión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 314Ley 906/04 «“ estado grave por enfermedad ” contenida en el ordinal 4»EXEQUIBLE· condicionado
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. ÚNICO: Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, la expresión "estado grave por enfermedad" contenida en el ordinal 4 del artículo 314 de la Ley 906 de 2004, en el entendido de que también incluye las condiciones de salud que, aun sin calificarse clínicamente como graves, sean objetivamente incompatibles con la permanencia del imputado o acusado en reclusión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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