SALVAMENTO DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER A LA SENTENCIA C-408/20 Referencia: Expediente RE-332 Revisión del Decreto Legislativo 805 de 2020, "[p]or medio del cual se crea un aporte económico temporal de apoyo a los trabajadores de las notarías del país en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica." Magistrada ponente: DIANA FAJARDO RIVERA Con el debido respeto por las decisiones de la mayoría, salvo mi voto respecto de la decisión adoptada por la mayoría de la Sala, por considerar que el Decreto Legislativo 805 de 2020 no supera el juicio de necesidad jurídica o subsidiariedad. El juicio de necesidad jurídica se fundamenta en los artículos 9º y 11 de la Ley 137 de 1994. De acuerdo con la sentencia C-179 de 1994, con este juicio se busca "impedir que se cometan abusos o extralimitaciones en la adopción de las medidas que, en todo caso, deben ser las estrictamente indispensables para retornar a la normalidad". Por su parte, a través del Decreto objeto de control se creó un apoyo económico de carácter temporal, con el fin de que se paguen los salarios de los empleados de la notaría que solicite dicho beneficio. Estos pagos se realizarían a cargo de los recursos del Fondo Cuenta Especial de Notariado. Sin embargo, como bien lo señalan los propios considerandos del Decreto examinado, el artículo 81 del Decreto 1890 de 1999 dispone que los recursos del dicho Fondo se podrán destinar, entre otros objetivos, "al otorgamiento de subsidios para aquellas notarías que se vean afectadas de manera grave en su funcionamiento por catástrofes o calamidades derivadas de fuerza mayor o caso fortuito." En ese sentido, a través de un Decreto Legislativo en el marco de un estado de excepción se incluyó una medida que ya contemplada por una disposición ordinaria, la cual -además- tiene el carácter de reglamentaria. Precisamente, el juicio de necesidad jurídica busca limitar el uso de las facultades del Presidente de la República en los estados de excepción, con el fin de mantener el régimen democrático y el respeto del ordenamiento jurídico, así como de los derechos y libertades. Estos propósitos se truncarían con la aceptación de las medidas tomadas en el marco de los estados de excepción que ya cuentan con provisiones en el ordenamiento jurídico de la normalidad. Fecha ut supra, CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrada
Salvamento de voto
MagistradoCristina Pardo Schlesinger
Tema de la sentencia: Aporte Económico Temporal De Apoyo A Los Trabajadores De Las Notarías Del País.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado