salvamento de voto a la sentencia C-400 de 2005, pues a mi juicio con dicha jurisprudencia se desconocen los antecedentes jurisprudenciales establecidos por esta Corporación, en primer lugar, en cuanto al alcance del anuncio y, en segundo término, en torno a la posibilidad de subsanar su desconocimiento, cuando no se comprometen las etapas estructurales del procedimiento legislativo.Fecha ut supra,RODRIGO ESCOBAR GILMagistrado
Salvamento de voto
MagistradoRodrigo Escobar Gil
Tema de la sentencia: Control De Constitucionalidad Del Segundo Protocolo De La Convencion De La Haya Para La Proteccion De Los Bienes Culturales En Caso De Conflicto Armado
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado