Saltar al texto del voto
Volver a la ficha
C-276/93
Salvamento de votoSentencia de Constitucionalidad C-276/9322 de julio de 1993

Salvamento de voto

MagistradoJosé Gregorio Hernández Galindo

Tema de la sentencia: Ley 33/92. Tratados Internacionales. Incompetencia De La Corte Para Conocer De Leyes Aprobatorias De Tratados. Exequible.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Salvamento de voto del Magistrado José Gregorio Hernández Galindo a la Sentencia No.C-027 del 5 de febrero de 1993. Gaceta Constitucional No.

52. Ponencia-informe Derechos de la Familia, el Niño, el Joven, la Mujer y la Tercera Edad. Ponentes: Ivan Marulanda, Guillermo Perry, Jaime Benitez, Angelino Garzón, Tulio Cuevas, Guillermo Guerrero. Cfr. Convención de Viena, Parte II Un caso Colombiano que planteó esta problemática es el relacionado con el Decreto 1245 de l969, aprobatorio del Acuerdo de Cartagena, en el que la Corte Suprema de Justicia, no obstante considerar que ha debido someterse el Tratado a la aprobación del Congreso, en sentencia de julio 26 de l971, M.P., José Gabriel de la Vega, se abstuvo de declarar su inexequibilidad. G.J., Tomo 138, pp. 275 ss. "Principios Generales de Derecho Internacional Público", París, 1944,pp. 235 ss. "Derecho Internacional Público", pp. 228 ss.  Cit. por EDMUNDO VARGAS CARREÑ O, Ob. Cit., p. 259 ss. Ob. Cit., p. 445 ss  Para una estudio detallado sobre el desarrollo histórico de los artículos de la citada Convención sobre Nulidad de los Tratados por violación del Derecho Interno de los Estados así como sobre el debate doctrinario sobre el particular, Cfr. RAFAEL NIETO NAVIA, Cit. SUPRA Nota 16 y MARCO GERARDO MONROY CABRA, "Derecho de los Tratados", Editorial Temis, l978. Sobre el tema vease Corte Constitucional, sala Plena. sentencia C-574 de 1992, revisión oficiosa del Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales. (Protocolo

I) Corte Constitucional -Sala Plena-, Sentencia C-004 de mayo siete de 1992, revisión constitucional del decreto 333 de febrero 24 de 1992, "por el cual se declara el Estado de Emergencia Social," pp. 15 a

18. Cfr. Corte Constitucional. despacho del H. Magistrado Ciro Angarita Barón " El control de constitucionalidad de los tratados públicos y de sus leyes aprobatorias en las constituciones de 1886 y 1991. Naturaleza, Contenido y Alcance". Santa fe de Bogotá, Marzo 26 de 1992, S P. Para ilustración de la aplicación dada por esta Corte al referido postulado, veánse por ejemplo, las sentencias C-587 de 1992 y C-019 de 1993 . Cfr. supra 1 pgs 91 a 114 cfr. supra ibidem pg. 90.