C-255 de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Caro Borrero Andrés·Demandado Ley 1437 De 2011
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Criterio subjetivo sobre norma demandada
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Ausencia de argumentos de carácter constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 144 inciso segundo parcial de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El actor adujo que la frase “sin que, en uno u otro evento, pueda el juez anular el acto o el contrato, sin perjuicio de que pueda adoptar las medidas que sean necesarias para hacer cesar la amenaza o vulneración de los derechos colectivos” es contraria a los artículos 2, 4, 6, 40-6, 88 (inciso 1) y 95-2, 5, 7 y 8 de la Constitución Política.
Ello, porque vacía de contenido a la acción popular y la hace ineficaz para la protección de derechos colectivos, toda vez que impide que el juez pueda anular actos administrativos o contratos estatales que vulneren o amenacen estas garantías.
La Corte encontró que el cuestionamiento formulado en esta oportunidad no satisfizo los requisitos mínimos exigidos por la jurisprudencia constitucional para estructurar adecuadamente los cargos y, por ello, decidió declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo.
De manera específica, encontró que los cargos formulados carecían de certeza, especificad, pertinencia y suficiencia, en tanto se apoyaron en una lectura subjetiva y extensivas del contenido normativo acusado, sin ofrecer una confrontación objetiva y concreta con los textos constitucionales que se señalaron como trasgredidos.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1437/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- ÚNICO. Declararse INHIBIDA para conocer la demanda propuesta en esta oportunidad en contra del inciso 2 (parcial) del artículo 144 de la Ley 1437 de 2011 "[p]or la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", por la ineptitud sustantiva de la demanda en los términos expuestos en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.