Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de junio de 2025Sala Plena

C-218 de 2025

Ponente Carolina Ramírez Pérez

Demandante Decreto Legislativo 155 D2025·Demandado --

Tema · dato duro
Inexequibilidad Por Consecuencia De Decreto Legislativo Que Adopta Medidas En Materia Educativa, Expedido En El Marco Del Estado De Conmoción Interior En La Región Del Catatumbo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 155 de 2025, por el cual se adoptan medidas en materia de infraestructura y dotación educativa para los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media y educación superior, en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

Luego de verificar la relación de conexidad entre el Decreto bajo examen y las materias del Decreto Legislativo 062 de 2025 que fueron objeto de declaratoria de exequibilidad parcial dispuesta en la Sentencia C-148/25, la Corte declaró su INEXEQUIBILIDAD POR CONSECUENCIA.

Frente a la anterior decisión precisó que tiene efectos hacia el futuro y que no se afectan los recursos que se hubieren comprometido y ejecutado bajo su vigencia.

No obstante, advirtió que, a partir de la fecha de esta sentencia, no es posible comprometer nuevos recursos ni suscribir nuevos contratos bajo el amparo del referido decreto legislativo, por lo que aquellos trámites que se encuentren en curso deberán terminarse inmediatamente, para impedir su perfeccionamiento.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto legislativo 155/25. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto legislativo 155/25INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«Por el cual se adoptan medidas en materia de infraestructura y dotación educativa para los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media y educación superior, en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. Declarar INEXEQUIBLE por consecuencia el Decreto Legislativo 155 del 7 de febrero de 2025, "Por el cual se adoptan medidas en materia de infraestructura y dotación educativa para los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media y educación superior, en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJorge Enrique Ibáñez Najar
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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