C-154 de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Estrada Vélez Sergio Iván Y Otros·Demandado Ley 906 De 2004
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter excepcional del control abstracto
- Jurisprudencia constitucional
- Incumplimiento de carga argumentativa
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Incumplimiento de requisitos exigidos en cargo por violación al principio de igualdad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de las normas previstas en el artículo 183 de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
Los actores alegaron que la expresión “ante el Tribunal” y la interpretación que sobre la misma lleva a cabo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, es incompatible con lo previsto en los artículos 13 y 29 de la Constitución, en la medida en que implican una diferencia de trato injustificada entre sujetos equiparables y desconocen el derecho a un debido proceso.
Luego de analizar si los cargos planteados cumplían o no con los mínimos argumentativos exigibles para adelantar un estudio de fondo, la Sala Plena de la Corporación decidió INHIBIRSE de emitir pronunciamiento alguno, dada la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- INHIBIRSE de pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de la norma enunciada en la expresión: "ante el Tribunal", contenida en el artículo 183 de la Ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal", y sobre la constitucionalidad de la interpretación que de dicho artículo ha hecho la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el sentido de que en contra de sus sentencias no procede el recurso de casación, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.