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C-112/99
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-112/9925 de febrero de 1999

Aclaración de voto

MagistradoCarlos Gaviria Díaz

Tema de la sentencia: Dec. 2146/89. Art. 34. Insubsistencia Discrecional De Empleados Del D.A.S. Exequible.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Aclaración de voto a la Sentencia C-112 99Referencia: Expediente D-2146Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 34 del decreto 2146 de 1989Aunque pueda parecer extraño que quien actuó como ponente en este proceso aclare el voto, he decidido hacerlo pues considero que el artículo 34 del decreto 2146 de 1989, con excepción del inciso primero, ha debido retirarse del ordenamiento jurídico, por las mismas razones que expuse en el salvamento de voto presentado junto con el magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz a la sentencia C-048 de 1997, en la que se declararon exequibles disposiciones de igual contenido a las que hoy se demandan, a las cuales me remito por ser totalmente aplicables a este caso. Sin embargo, debo aclarar que en aras del respeto por las decisiones de la Corte, presenté el proyecto de sentencia en la forma que fue aprobada por la Sala Plena, a pesar de seguir convencido de que la decisión que ha debido adoptarse en esta ocasión, era la declaración de inexequibilidad del precepto demandado, salvo en lo que respecta con el inciso primero, sobre el cual debo señalar que comparto la determinación tomada por la Corporación. Fecha ut supra.CARLOS GAVIRIA DIAZ Magistrado