C-101 de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Gaitán Prieto Javier·Demandado Ley 1952 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ineptitud sustantiva de la demanda por presunta violación del debido proceso
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad y suficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de las normas enunciadas en los artículos 20, 225 D y 229 de la Ley 1952 de 2019, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.
El Actor adujo que las normas cuestionadas, al permitir que el funcionario que conoce del asunto en la etapa de juicio se pronuncie sobre la necesidad de variar los cargos formulados, para que ellos sean cambiados por el instructor, afecta las garantías de defensa y de juez imparcial y, por tanto, vulneran los artículos 29 de la Constitución Política y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Al revisar nuevamente si la demanda cumplía con los requisitos de aptitud sustancial previstos en el Decreto 2067 de 1991 y el alcance definitivo por la jurisprudencia constitucional para proferir una decisión de mérito se concluyó que no se acreditó los presupuestos de claridad, certeza, especificidad y suficiencia, pues no desarrolló de manera adecuada la forma en que las disposiciones cuestionadas vulneraban el debido proceso.
Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación de INHIBIÓ para emitir un pronunciamiento de fondo, dada la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1952/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de proferir decisión de mérito respecto de las normas enunciadas en los artículos 20, 225 D y 229 de la Ley 1952 de 2019, "Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario", por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.