Aclaración de voto a la Sentencia No. C-092 96Ref.: R.E. 077Revisión de constitucionalidad del Decreto 2027 de noviembre veintiuno (21) de mil novecientos noventa y cinco (1995) “por el cual se dictan medidas destinadas a proteger la población civil en los operativos militares”.Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZSantafé de Bogotá, D.C., marzo veintisiete (27) de mil novecientos noventa y seis (1996).El suscrito Magistrado se permite manifetar que aunque comparte la decisión de declaratoria de inexequibilidad del Decreto Legislativo 2027 de 1995, formula la correspondiente aclaración de voto, con base en las siguientes precisiones:Debo señalar que aunque estuve de acuerdo con la exequibilidad parcial del Decreto 1900 de 1995, “por medio del cual se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional” por las razones expuestas en la providencia No. C-027 de 1996, que reitero nuevamente, considero que en el presente asunto, ante la falta de conexidad entre la declaratoria del estado de excepción y los motivos aducidos por el Gobierno Nacional en el Decreto 2027 de 1995 (la manifestación genérica de hechos de violencia), la decisión no podía ser otra que la declaratoria de inexequibilidad de éste.Fecha ut supra,HERNANDO HERRERA VERGARAMagistrado ---pies de página---
Aclaración de voto
MagistradoHernando Herrera Vergara
Tema de la sentencia: Revision Del Dec. 2027/95. Medidas Para Proteger La Poblacion Civil En Los Operativos Militares. Inexequible.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado