Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de marzo de 2025Sala Plena

C-086 de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante García Torres Deisy Yulieth·Demandado Ley 2345 De 2023

Tema · dato duro
Exequibles Normas Que Disponen Ajustar La Imagen Institucional De Las Entidades Territoriales Con El Manual De Identidad Visual Aplicable A Todas Las Marcas De Gobierno Y Prohíben La Contratación De Nuevos Elementos Distintivos De Publicidad Estatal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia De Entidades Territoriales
  • No se vulnera por medidas para la unificación de la imagen de las entidades territoriales, a través de la implementación de un manual de identidad visual
  • No se vulnera por prohibición de gasto en publicidad estatal que promueva marcas de gobierno
  • Alcance y límites
Constitucion De 1991
  • Establece nuevo modelo de Estado unitario con descentralización administrativa y concibe al municipio como la célula esencial de la organización territorial
Publicidad Estatal
  • Derecho comparado
  • Regulación
  • Concepto
  • Finalidad
Racionalización Del Gasto Público
  • Eficiencia de la administración pública
  • Concepto
7 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 4 (parcial) y el artículo 8 de la Ley 2345 de 2023, por medio de la cual se implementa el manual de identidad visual de las entidades estatales, se prohíben las marcas de gobierno y se establecen medidas para la austeridad en la publicidad estatal.

El artículo 4º señala que los entes públicos, incluidas las entidades territoriales, deben ajustar su imagen institucional de acuerdo con el Manual de Identidad Visual aplicable a todas las marcas de gobierno.

Por su parte, el artículo 8 prohíbe la contratación de nuevos elementos distintivos de publicidad estatal hasta que no se implemente el mencionado manual.

El actor adujo que la primera disposición es contraria a las atribuciones que la Carta asigna a los alcaldes y la autonomía de las entidades territoriales porque establece parámetros y prohibiciones sobre identidad visual de los entes locales.

En relación con el segundo artículo el demandante alegó que desconoce la autonomía administrativa y fiscal de las entidades territoriales, al prohibir la contratación de publicidad estatal.

La Corte concluyó que las disposiciones acusadas respetan el principio de autonomía de las entidades territoriales y las atribuciones de los alcaldes relacionadas con la dirección administrativa del municipio, contenidos en los artículos 287 y 315.3 Superiores.

Con base en lo anterior, los declaró EXEQUIBLES.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2345/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 287Ley 2345/23EXEQUIBLE
Art. 315Ley 2345/23EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. Único. DECLARAR EXEQUIBLES el artículo 4 (parcial) y el artículo 8 de la Ley 2345 de 2023, por el cargo de desconocimiento del principio de autonomía de las entidades territoriales y las atribuciones de los alcaldes relacionadas con la dirección administrativa del municipio, contenidos en los artículos 287 y 315.3 de la Constitución Política.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

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