Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de marzo de 2025Sala Plena

C-076 de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Falta De Competencia Para Estudiar Objeciones Gubernamentales Presentadas Al Proyecto De Ley Que Institucionaliza El Día Sin Iva Como Política De Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objeciones Gubernamentales
  • Insistencia debe provenir de ambas Cámaras
  • Trámite en el Congreso de la República
  • Elaboración del informe sobre las objeciones, publicación, anuncio y aprobación
  • Alcance del requisito de congruencia
Inhibicion De La Corte Constitucional En Objeciones Gubernamentales
  • Carece de competencia cuando se incumple requisito de que la insistencia provenga de ambas cámaras
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de las objeciones gubernamentales al proyecto de ley número 100 de 2022 Cámara y140 de 2023 Senado, por medio de la cual se institucionaliza el día sin IVA como política de Estado para proteger el poder adquisitivo de los hogares y estimular la economía colombiana, y se dictan otras disposiciones.

El Gobierno adujo que la propuesta legislativa era inconstitucional por dos razones: (i) violar el artículo 154 Superior al crear un beneficio tributario de carácter nacional, cuando dicha regulación está sujeta a la iniciativa o al aval del Gobierno nacional.

(ii) no satisfacer la exigencia de análisis de impacto fiscal en iniciativas que consagran beneficios tributarios.

El Gobierno también formuló objeciones por inconveniencia.

Al revisar el asunto concluyó la Sala Plena de la Corporación que no tiene competencia para pronunciarse sobre las objeciones gubernamentales formuladas en esta oportunidad, por cuanto se incumplió el requisito de que la insistencia sea presentada de manera coincidente y unificada por el Senado de la República y por la Cámara de Representantes.

Con base en lo anterior, la Corte se INHIBIO para emitir pronunciamiento de fondo y remitió el expediente con la sentencia al Congreso de la República, para que el proyecto de ley sea archivado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 100/22INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada dentro del presente proceso mediante Auto 1833 del 6 de noviembre de 2024.
  2. SEGUNDO. INHIBIRSE, por falta de competencia, de conocer las objeciones gubernamentales al proyecto de ley n.° 100 de 2022 Cámara, 140 de 2023 Senado "Por medio de la cual se institucionaliza el día sin IVA como política de Estado para proteger el poder adquisitivo de los hogares y estimular la economía colombiana, y se dictan otras disposiciones".
  3. TERCERO. REMITIR al Congreso de la República el expediente de la referencia con la sentencia correspondiente, para que sea archivado el proyecto de ley n.° 100 de 2022 Cámara, 140 de 2023 Senado "Por medio de la cual se institucionaliza el día sin IVA como política de Estado para proteger el poder adquisitivo de los hogares y estimular la economía colombiana, y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.