C-037/26 de 2026
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de dos reglas de interpretación judicial emitidas por la Sala de Definición de Situación Jurídicas y la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que dieron creación al Juicio de Prevalencia Jurisdiccional y modificaron los factores de competencia de esa jurisdicción.
Según el actor, dichas interpretaciones vulneraron los artículos 5 y 12 del Acto Legislativo 1 de 2017 y los artículos 29, 121 y 123 de la Constitución.
La Corte se pronunció sobre los siguientes aspectos: 1º.
Los requisitos exigidos para considerar la aptitud de una demanda de inconstitucionalidad, en particular aquellos argumentativos. 2º.
Las cargas especiales cuando el objeto de la demanda recae en el derecho viviente y, 3º.
Las particularidades de las sentencias interpretativas emitidas por la Sección de Apelación del Tribunal Especial para la Paz de la JEP.
Luego de lo anterior, la Sala Plena de la Corporación concluyó que la demanda no cumplió con los requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia y, en virtud de ello, se declaró INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, dada la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- UNICO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la exequibilidad de "las reglas de interpretación judicial emitidas por la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz que dieron creación al juicio de prevalencia jurisdiccional", por ineptitud sustantiva de la demanda.