C-005/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo segundo (parcial) del artículo 7º y el artículo 11 (parcial) de la Ley 2219 de 2022, por la cual se dictan normas para la constitución y operación de las asociaciones campesinas y de las asociaciones agropecuarias, se facilitan sus relaciones con la administración pública, y se dictan otras disposiciones.
La demandante adujo que las normas acusadas desconocían el principio de reserva de ley respecto de las disposiciones que regulan el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia atribuidas al Gobierno Nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 150.8 de la Constitución, así como el derecho fundamental al debido proceso previsto en el artículo 29 Superior.
De manera preliminar la Corte analizó la posible configuración de la cosa juzgada constitucional como consecuencia de la emisión C-505/25, mediante la cual declaró la exequibilidad condicionada del parágrafo segundo del artículo 7 de la precitada ley, bajo el entendido de que el procedimiento aplicable para imponer sanciones es el previsto en la Ley 1437 de 2011 o el que disponga el legislador, al tiempo que declaró la inexequibilidad de la expresión “así como, imponer otras sanciones”, contenida en el artículo 11 ibidem, por desconocer el derecho al debido proceso y los límites que tiene el legislador al delegar la regulación de asuntos propios del derecho administrativo sancionador en manos del Ejecutivo.
Realizado el precitado análisis y verificada la concreción de la cosa juzgada sobreviniente, la Sala Plena de la Corporación decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-505/25.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2219/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-505 de 2025, que declaró EXEQUIBLE el parágrafo
- segundo. del artículo 7° de la Ley 2219 de 2022 en el entendido de que el procedimiento aplicable para imponer sanciones es el previsto en la Ley 1437 de 2011, o el que disponga el legislador.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-505 de 2025, que declaró INEXEQUIBLE la expresión "así como, imponer otras sanciones", contenida en el artículo 11 de la Ley 2219 de 2022, por desconocer el derecho al debido proceso y los límites a la facultad reglamentaria en cabeza del presidente, en los términos de dicha sentencia.