Micelio
Auto21 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Luis Fernando Arboleda Montoya·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaracion Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por cuanto se pretende que la Corte resuelva consulta
  • Rechazar por falta de legitimidad y por presentación extemporánea
  • Procedencia excepcional
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia C-178/16.

El memorialista pidió a la Corte aclarar si el artículo 15 de la Ley 1753 de 2015 fue declarado o no inexequible parcial o totalmente y, en particular, solicitó efectuar una aclaración de las sentencias que dan cuenta de ello, para lo cual refirió el fallo antes mencionado.

La Sala Plena consideró que la anterior petición debía ser RECHAZADA porque el solicitante no estaba legitimado, lo pretendido es manifiestamente extemporáneo y, porque la función consultiva escapa a las competencias atribuidas a la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de aclaración presentada por el señor Luis Fernando Arboleda Montoya respecto de la Sentencia C-178 de 2016, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. COMUNICAR esta providencia al señor Luis Fernando Arboleda Montoya y a las partes e interesados en el proceso que culminó con la Sentencia C-178 de 2016, con la advertencia de que contra esta decisión no procede ningún recurso.
  3. Comuníquese y cúmplase.
  4. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  5. Presidenta
  6. Con impedimento aceptado
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  18. Magistrada
  19. HERNAN CORREA CARDOZO
  20. Magistrado (E )
  21. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  22. Magistrado
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.