Micelio
Auto2 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • Asumir competencia excepcional para conocer cumplimiento de órdenes impartidas en sentencia
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia de juez de primera instancia y por excepción de la Corte Constitucional
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de seguimiento al cumplimiento de la Sentencia SU.235/16.

La Asociación Colombiana Horizonte de Población Desplazada (ASOCOLO) le pidió a la Corte asumir el trámite de cumplimiento de la referida providencia.

Adujo que el juez de primera instancia no había adelantado todas las acciones necesarias para cumplir con lo ordenado por la Corporación y que las determinaciones que adoptó fueron desconocidas o ignoradas por parte de las autoridades responsables.

De otra parte, la Agencia Nacional de Tierras pidió también a la Corte asumir el trámite de cumplimiento del fallo en mención.

En su criterio, ninguna de las decisiones adoptadas por el juez de instancia se podía interpretar como una medida eficaz o conducente para asegurar la ejecución de la sentencia.

La Comisión Colombiana de Juristas coadyuvó las anteriores peticiones porque consideró que se configuraban las causales para que la Corte Constitucional asumiera el cumplimiento de la sentencia de unificación.

La Sala Plena dispuso que por conducto de la Sala Segunda de Revisión se asuma la verificación del cumplimiento de la Sentencia SU.235/16, hasta que se adopten las decisiones judiciales o administrativas necesarias para superar las circunstancias que impiden a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y demás entidades competentes dar cumplimiento efectivo a las órdenes de recuperación y adjudicación de los predios baldíos, y se reanuden de manera plena las actuaciones orientadas a materializar los derechos fundamentales de la población beneficiaria, conforme las razones e indicaciones expuestas en este proveído.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DISPONER que por conducto de la Sala Segunda de Revisión la Corte Constitucional asuma la verificación del cumplimiento de la Sentencia SU-235 de 2016, hasta que se adopten las decisiones judiciales o administrativas necesarias para superar las circunstancias que impiden a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y demás entidades competentes dar cumplimiento efectivo a las órdenes de recuperación y adjudicación de los predios baldíos, y se reanuden de manera plena las actuaciones orientadas a materializar los derechos fundamentales de la población beneficiaria, conforme las razones e indicaciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. En consecuencia, a través de la Secretaría General de esta Corporación, SOLICITAR al Juzgado 010 Civil del Circuito de Bucaramanga la remisión de copia digital del expediente de la referencia, con destino a la Sala Segunda de Revisión, para efecto del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia SU-235 de 2016.
  3. Tercero. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, la presente providencia a los representantes legales de Asocol (Asociación Colombiana Horizonte de Población Desplazada), Asocadar (Asociación Campesina de Desplazados al Retorno), APVC (Asociación para la población víctima, vulnerables y campesinos para el fomento del agro y la ganadería), a la ANT (Agencia Nacional de Tierras) y, por conducto del Juzgado 010 Civil del Circuito de Bucaramanga, a las partes, vinculados y terceros interesados en el proceso que dio origen a la Sentencia SU-235 de 2016.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.