Auto23 de julio de 2026
A-984 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Turbo y el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Turbo , en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda instaurada por Maira Alejandra C�rdoba Neira en contra del Distrito Portuario, Log�stico, Industrial, Tur�stico y Comercial de Turbo corresponde al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Turbo .
- SEGUNDO. Por conducto de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7752 al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Turbo para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Turbo y a los interesados en este tr�mite. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado Ausente con excusa ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] El art�culo 241 de la Constituci�n establece: �A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [2] Expediente digital, archivo �01001RepartodelproDemandaYAnexospdf�. [3] La referencia concreta al respecto podr� visualizarse en el an�lisis del caso. [4] Expediente digital, archivo �01001RepartodelproDemandaYAnexospdf� p. 21. [5] Ibid., p. 22. [6] Ibid., p. 23. [7] Ibid., pp. 24-25. [8] Ibid., pp. 17-18. [9] Ibid., p. 19. [10] Ibid., p. 26. [11] Ibid., pp. 12-13. [12] Expediente digital, archivo �02002RemiteporC202500229pdf�. [13] Consejo de Estado, Secci�n Cuarta, auto del 26 de septiembre de 2013, rad. 080012333300420120017301, C.P. Jorge Octavio Ram�rez; Secci�n Quinta, auto del 16 de octubre de 2014, rad. 81001233300020120003902, C.P. Lucy Jeannette Berm�dez. [14] En esta decisi�n la referencia al CPTSS corresponde al Decreto Ley 2158 de 1948. [15] Expediente digital, archivo �05ActaReparto05837310500220260008100pdf�. [16] Expediente digital, archivo �06AutoProponeConflictoCompetenciapdf�. [17] �Por la cual se expide el C�digo Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social�. [18] Expediente digital, archivo �02CJU-7752 Correo Remisoriopdf�. [19] Expediente digital, archivo �03CJU-7752 Constancia de Repartopdf�. [20] Corte Constitucional, Auto 1963 de 2025. [21] La categor�a de �servidor p�blico� a que alude el art�culo 104.4 del CPACA hace referencia a los empleados p�blicos. Corte Constitucional, Auto 1963 de 2025. [22] Corte Constitucional, Auto 1328 de 2024. [23] V�ase m�s ampliamente Clara Cecilia Due�as Quevedo, Derecho administrativo laboral . Editorial Ib��ez, 2009, pp. 63 y ss. [24] Expediente digital, archivo �01001RepartodelproDemandaYAnexospdf�, pp. 7 y 11. [25] Ibid., p. 7. [26] Ibid. [27] Ibid. [28] Ibid., pp. 10 y 11. [29] Ibid., p. 10. [30] Ibid. [31] �Por medio del cual se otorga la categor�a de Distrito Portuario, Log�stico, Industrial, Tur�stico y Comercial a Turbo Antioquia�. [32] V�ase m�s ampliamente el Auto 1328 de 2024 de la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.