Micelio
Auto25 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Ivan·Demandado Roberto Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cartagena.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte demandante.

Teniendo en cuenta la divergencia de criterios en torno al factor territorial, la Corte dio prevalencia al criterio a prevención y dispuso el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cartagena, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

Adicionalmente, la Sala Plena hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, e abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela acudiendo, sin más, al lugar de residencia de la parte accionada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 17 de marzo de 2023 por el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cartagena, Bolívar, en el marco de la acción de tutela promovida por Iván, en calidad de agente oficioso de Camila, en contra de los periodistas Roberto, Sofía y Ana, del portal Web Noticias al día.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4384 al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cartagena, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela presentada por el accionante.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cartagena, que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela acudiendo, sin más, al lugar de residencia de la parte accionada.
  7. Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
  8. Primero. Civil del Circuito de Bogotá la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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