Micelio
Auto13 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Setrasena Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por cuanto no se cumplen los requisitos de oportunidad, legitimación y carga argumentativa
  • Requisitos
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia C-408/21.

Tanto el Sindicato de Empleados y Trabajadores del Sena como el Sindicato de Empleados Públicos de la misma entidad pidieron la nulidad del referido fallo, alegando la vulneración del derecho al debido proceso.

Luego de analizar los argumentos de los nulicitantes concluyó la Corte que en términos generales las dos peticiones incumplían los requisitos formales de legitimación, oportunidad y carga argumentativa para logar un pronunciamiento de fondo.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZARLAS.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad formulada por el Sindicato de Empleados Públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) - SINDESENA contra la sentencia C-408 de 2021, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR la solicitud de nulidad formulada por el Sindicato de Empleados y Trabajadores del Sena - SETRASENA contra la sentencia C-408 de 2021, por las razones expuestas en la presente providencia.
  3. TERCERO. Comuníquese la presente providencia a los solicitantes, con la advertencia de que contra esta decisión no procede ningún recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.