A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Inmueble Arrendado De Municipio De Puente Nacional·Demandado Torres Vanegas German Enrique
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado 1° Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil y el Juzgado 2° Promiscuo Municipal con Función de Garantías y Conocimiento Penal, Oralidad Civil, Familia y Depuración de Puente Nacional (Santander).
El conflicto se origina en una demanda de restitución de inmueble arrendado interpuesta por el municipio de Puente Nacional en contra de un particular, mediante la busca condenar al demandado a restituir a dicha entidad territorial el inmueble arrendado, correspondiente a un lote de terreno rural.
La Corte Constitucional comprueba el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y procede a dirimirlo declarando que el competente para conocer el asunto mencionado es el Juzgado 1° Administrativo Oral del Circuito de San Gil, a donde ordena enviar el expediente para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
En este caso se reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 312/21, mediante el cual se estableció que la competencia judicial para conocer de litigios que busquen la declaratoria de incumplimiento de un contrato de arrendamiento celebrado por una entidad pública y, como consecuencia de ello, la restitución del inmueble, corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa, de acuerdo con el numeral 2º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdiccion suscitado entre el Juzgado 1deg Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil y el Juzgado 2deg Promiscuo Municipal con Funcion de Garantias y Conocimiento Penal, Oralidad Civil, Familia y Depuracion de Puente Nacional, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1deg Administrativo Oral del Circuito de San Gil es la autoridad competente para conocer del proceso de restitucion de inmueble arrendado presentado por el municipio de Puente Nacional contra el senor German Enrique Torres Vanegas.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-880 al Juzgado 1deg Administrativo Oral del Circuito de San Gil para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.