Micelio
Auto2 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Agrupación Santa Lucía De Alsacia P H·Demandado Marval Sas

Tema · dato duro
Acción Popular Contra Entidades Públicas Y Privadas Por Presuntas Deficiencias Constructivas En Propiedad Horizontal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 065 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 040 Civil del Circuito de la misma ciudad, por causa de una acción de grupo instaurada por la Agrupación Santa Lucia de Alsacia – Propiedad Horizontal, en contra de la sociedad Marval S.A.S. y el Distrito Capital de Bogotá-Alcaldía Local de Kennedy, con el propósito de declarar la responsabilidad patrimonial de los accionados y ordenar indemnizar a sus poderdantes por perjuicios, en razón del daño emergente, lucro cesante y daño moral por las supuestas deficiencias constructivas y el daño continuado que se presenta en la estructura y cimentación de la propiedad horizontal.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena evidencia que la acción de grupo se dirige contra una entidad privada (Marval S.A.S.), y contra una entidad de naturaleza pública (Bogotá Distrito Capital - Alcaldía Local de Kennedy), última entidad contra la que también se reclama el pago de perjuicios.

En consecuencia, la Sala considera pertinente aplicar lo establecido en Auto 1585/23, precisado en Autos 1825/22 y 681/23 que, la presencia de una entidad pública como demandada activa la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y, en ausencia de esta, o cuando solo participa como llamada en garantía, la competencia corresponde a la jurisdicción ordinaria.

En este caso, al verificar la presencia de la entidad pública en el lado pasivo, la competencia para conocer el asunto corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 065 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 040 Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 065 Administrativo de Bogotá el conocimiento de la acción de grupo instaurada por Andrés Humberto Vásquez Álvarez, en calidad de apoderado de la Agrupación Santa Lucia de Alsacia - Propiedad Horizontal, en contra de la sociedad Marval S.A.S. y el Distrito Capital de Bogotá - Alcaldía Local de Kennedy.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6570 al Juzgado 065 Administrativo de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado 040 Civil del Circuito de Bogotá, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.