Micelio
Auto7 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Junco Arrieta Fernando Antonio

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo de Medellín (Antioquia) y el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento de derecho que promovió Colpensiones con el propósito de que se declare la nulidad parcial de una Resolución, a través de la cual la misma entidad reconoció la pensión de vejez a favor de un ciudadano.

Indicó que encontró inconsistencias en el reconocimiento de la prestación referida dado que había sido liquidada erróneamente.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla jurisprudencial fijada en el Auto 316 de 2021, según la cual, en este tipo de controversias se excluye la competencia del juez laboral y de la seguridad social, pues a pesar de tratarse de un acto administrativo relacionado con la seguridad social, existe legislación expresa que determina la competencia de los jueces administrativos, por lo que resulta aplicable la cláusula de competencia del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 para el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Colpensiones contra uno de sus propios actos administrativos.

En consecuencia, la Sala Plena ordenó la remisión del expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Medellín (Antioquia) para que imparta el trámite respectivo al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho y para que comunique la decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo de Medellín (Antioquia) y el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento del proceso radicado bajo el número 05001-33-33-005-2020-00216-00 y que pretende la nulidad de la Resolución SUB-298138 del 16 de noviembre de 2018, corresponde al Juzgado
  3. Quinto. Administrativo de Medellín (Antioquia).
  4. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-1449 al Juzgado
  5. Quinto. Administrativo de Medellín (Antioquia), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Medellín (Antioquia) y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado 05001-33-33-005-2020-00216-00.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.