A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para conocer acciones de cumplimiento de actos administrativos relacionados con temas urbanísticos
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Principios de jerarquía, cronología y especialidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Girardot y el Juzgado Segundo Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción de cumplimiento que interpuso una ciudadana en contra de la Alcaldía de Girardot y otros, con el objeto de que se adopte el cumplimiento del Acuerdo 024 de 2011, por medio del cual se adoptó el POT del municipio, y se expida el certificado de uso del suelo que permita la actividad comercial de un establecimiento denominado “Madeira Restaurante Bar”.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que quien debe resolver el precitado asunto es el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Girardot, a donde se ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.
La regla de decisión aplicada es que la jurisdicción civil será la competente para conocer de las acciones de cumplimiento cuando estas son dirigidas contra una entidad de naturaleza pública o particulares en ejercicio de su función administrativa, cuando se pretenda el cumplimiento de deberes establecidos en la Ley 9ª de 1989 y la Ley 3ª de 1991, relacionadas con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo.
Ello en virtud del artículo 116 de la Ley 388 de 1997 y el principio de especialidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito Judicial de Girardot y el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Girardot, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Girardot la competencia para avocar el conocimiento y decidir la accion de cumplimiento instaurada por Ximena del Pilar Torres Sanchez contra la Oficina Asesora de Planeacion municipal, el Concejo municipal de Girardot y la Alcaldia Municipal de Girardot (expediente n.o 11001010200020190023100).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-565 al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Girardot, para lo de su competencia y para que comunique la presente decision al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad y a los sujetos dentro del proceso Nro. 11001010200020190023100.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.