A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Caro Borrero Andrés·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque la corrección no logró subsanar los yerros advertidos en el auto de inadmisión.
Se indicó de manera particular que el concepto de la violación seguía sin satisfacer las exigencias de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia.
Tras analizar el asunto la Sala Plena decidió RECHAZAR el recurso impetrado por no cumplir con el requisito de carga argumentativa requerida para habilitar el estudio de fondo.
Así mismo, porque el recurrente no presentó un razonamiento mínimo que evidenciara que la providencia censurada hubiera incurrido en un error, olvido o arbitrariedad o que exigiera requisitos adicionales o inapropiados para la etapa inicial de calificación de la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR, por no cumplir con el requisito de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por Andrés Caro Borrero en contra del Auto del 27 de mayo de 2025, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada en el expediente D-16524.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.