Micelio
Auto22 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Berthi Ustariz Nilo Alberto

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Valledupar.

La controversia es causada por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, en lesividad, presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones-, contra un ciudadano, a través de la cual pretende que se declare la nulidad de la Resolución en la que Colpensiones le reconoció una pensión de invalidez al demandado y solicita el reintegro de lo pagado por cuanto considera que el demandado había usado información irregular para acreditar un porcentaje de pérdida de capacidad laboral superior al real.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que lo que pretende la accionante es obtener la declaratoria de nulidad de un acto administrativo propio, por lo que considera que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para tramitar esa clase de controversia por disposición de los artículos 97 y 104 del CPACA y de la regla establecida en el Auto 316 de 2021 de esta Corporación.

En consecuencia, se dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Valledupar y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Cesar conocer sobre la demanda presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones- contra el señor Nilo Alberto Berthi Ustariz.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5418 al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Cuarto. Laboral del Circuito de Valledupar y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.