A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Leon Castro Dagoberto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 14 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que inició Colpensiones en contra de la resolución proferida por el extinto ISS, mediante la cual reconoció y reliquidó una pensión de vejez a favor de uno de sus afiliados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 316 de 2021, la cual fue extendida en el Auto 840 de 2021, mediante la cual se estableció que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de una demanda presentada por una entidad pública, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contra un acto administrativo propio o proferido por la entidad a la que subrogó, tras no obtener la autorización del titular para revocarlo directamente, incluso si el acto se pronuncia sobre derechos pensionales.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 14 Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones contra las Resoluciones 010223 del 28 de septiembre de 2006 y 11229 del 27 de septiembre de 2007 proferidas, en su momento, por el Instituto de Seguros Sociales.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2879 al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 14 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.