A- de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Constructora Mmvr Sas·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Rechazar por extemporánea
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-290/25.
La constructora peticionaria adujo que es un tercero interesado que se vio afectada de manera grave y desproporcionada por el numeral séptimo del precitado fallo, referente a la orden dirigida a las curadurías 1ª y 2ª de Santa Marta para que no expidieran licencias de urbanización y construcción en el barrio Bellavista de esa ciudad, hasta tanto no se definirá la verdadera capacidad del sistema de alcantarillado en la zona.
Al revisar los requisitos de procedencia encontró la Sala Plena que se incumplió el de oportunidad, toda vez que la petición fue presentada de manera extemporánea.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ la nulidad invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR, por falta de oportunidad, la solicitud de nulidad presentada por el señor Santiago Martínez Rueda, en representación de la constructora MMVR S.A.S., en contra de la Sentencia T-290 de 2024.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente decisión a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.