Micelio
Auto25 de junio de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Diego Andrés Mahecha Guerra·Demandado Municipio De San Agustín Y Otros

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 2 Administrativo de Neiva y el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de San Agustín.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Teniendo en cuenta que ambas autoridades ostentan competencia territorial, la Corte dio aplicación al criterio a prevención y decidió respetar la elección del actor.

Con base en lo anterior se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 2 Administrativo de Neiva para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 20 de mayo de 2025 por el Juzgado 002 Administrativo de Neiva, con ocasión de la acción de tutela presentada Diego Andrés Mahecha Guerra contra la Alcaldía Municipal de San Agustín y otras entidades.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5031 al Juzgado 002 Administrativo de Neiva para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela en curso.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de San Agustín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.