A- de 2025
Ponente Carolina Ramírez Pérez
✓Demandante Idear·Demandado Sanguino Cardenas Andres Eugenio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 001 Administrativo de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca – IDEAR, en contra de un ciudadano, con el fin de que se libre mandamiento de pago de un valor contenido en un pagaré, con garantía real, originado en un crédito otorgado al demandado, que no ha sido cumplido.
Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en el presente asunto no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo para la configuración de un conflicto de tal naturaleza.
Ello, por cuanto se demostró que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- adelantó las gestiones del proceso ejecutivo, en tanto ordenó seguir adelante con la ejecución e, incluso, condenó al demandado al pago de las costas procesales y aprobó la liquidación del crédito elaborada por la parte demandante.
Ello significa que el objeto del proceso se ha surtido.
En consecuencia, la Sala se declara inhibida para resolver de fondo el asunto y dispone el envío del expediente de vuelta al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 001 Administrativo de Arauca.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6658 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de Arauca32, a la parte demandante33 y a los demás interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.