Micelio
Auto25 de junio de 2025

A- de 2025

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Idear·Demandado Baroni Trillo Lilibeth

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Litigio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflictos entre la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil y la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo suscitados por unas demandas ejecutivas de mínima cuantía presentadas por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), contra unos ciudadanos, con el fin de solicitar que se libre mandamiento de pago de unos valores contenidos en unos pagarés que respaldan los créditos otorgados por la entidad, que se encuentran insolutos.

Al analizar la existencia de los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se satisface el presupuesto objetivo, con lo cual el conflicto de tal naturaleza no se presenta.

Tal situación se presenta por cuanto revisadas las actuaciones procesales obrantes en los respectivos expedientes, se constata que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca profirió mandamiento de pago en cada uno de los procesos que acá se acumularon y ordenó seguir adelante con la ejecución.

La causa judicial que dio origen al litigio quedó extinguida.

Por consiguiente, la Sala Plena se inhibe de pronunciarse de fondo sobre el asunto y decide remitir los expedientes acumulados, CJU-6537, CJU-6557, CJU-6558, CJU-6568 y CJU-6636 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para que proceda con lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones identificados con los expedientes CJU-6537, CJU-6557, CJU-6558, CJU-6568 y CJU-6636 por presentar unidad de materia.
  2. SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR los expedientes CJU-6537, CJU-6557, CJU-6558, CJU-6568 y CJU-6636 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión a los interesados, así como a los Juzgados 003, 004, 006 y 007 Administrativos de Arauca, según corresponda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.