Micelio
Auto30 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Leonido Domico Cupaña Y Otros·Demandado Urra Sa Esp

Tema · dato duro
Proceso Que Pretende La Ejecución De Obligaciones Emanadas De Sentencia Proferida Por Jurisdicción Diferente De La Contencioso Administrativa.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos que pretenden la ejecución de obligaciones emanadas de sentencias proferidas por jurisdicción diferente de la Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Montería y el Juzgado Sexto Administrativo Circuito de la misma ciudad.

Existe una controversia entre los precitados despachos, en relación con la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo de pago promovido por varios ciudadanos miembros de la comunidad Embera Katío, con fundamento en la sentencia T-652 de 1998, que condenó a la parte ejecutada a indemnizar a la comunidad Embera Katío.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 132 de 2022 mediante la cual se estableció que, “corresponde a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de sumas de dinero invocando para ello el incumplimiento de órdenes contenidas en una sentencia judicial proferida por una jurisdicción diferente a la de lo contencioso administrativo.

Lo anterior, con fundamento en los artículos 12 de la Ley 270 de 1996, 15 y 422 del Código General del Proceso”.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Montería, para lo de su competencia, y para que comunique la decisión al otro operador jurídico y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Montería y el Juzgado
  3. Sexto. Administrativo del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Segundo. Civil del Circuito de Montería conocer del proceso de la referencia adelantado por los señores Leonido Domicó Cuñapa, Eladio Domicó Domicó, José Alberto Domicó Domicó, Porpidio Domicó Domicó, Luis Jawer Casamanca Casama, Luis Fermín Domicó Casama, James Yarlynson Jarupia Domicó, y las señoras Clara Luz Domicó, Lucila Domicó, Liliana Bailarín Casam, Luz Mery Jumi Pernia, Emilsa Domicó Domicó, María Luz Domicó Domicó, Luz Marina Domicó Domicó, contra la empresa Urrá S.A E.S.P.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-982 al Juzgado
  6. Segundo. Civil del Circuito de Montería, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  7. Sexto. Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.