A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ochoa Monroy Julian David·Demandado Concesionaria Devimar Sas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Medellín (Antioquia) y Juzgado Veinte Administrativo de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda de responsabilidad civil extracontractual presentada por un ciudadano contra la Concesionaria Desarrollo Vial al Mar SAS, por una presunta omisión en el cumplimiento de las obligaciones derivadas el contrato de concesión, que le causaron un accidente al demandante.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla jurisprudencial del Auto 633 de 2022, según la cual, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas de responsabilidad extracontractual en contra de una empresa privada responsable de la ejecución de un contrato de concesión.
En consecuencia, la Corte reiteró la regla jurisprudencial del Auto 633 de 2022 y remitió el expediente al Juzgado Noveno Civil del Circuito Medellín (Antioquia) para que continúe con el presente trámite y comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia) y el Juzgado Veinte Administrativo de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia) es la autoridad competente para conocer de la demanda de responsabilidad civil extracontractual promovida por Julián David Ochoa Monroy contra Devimar S.A.S.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU-1898 al Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Administrativo de la misma ciudad y a las sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.