Auto15 de julio de 2026
A-904 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS la decisi�n del 20 de abril de 2026 , por la cual el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera � Subsecci�n A se abstuvo de asumir el conocimiento de la acci�n de tutela presentada por Crist�bal Hern�ndez contra la Fiduprevisora S.A.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC - 5436 al Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera � Subsecci�n A para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar.
- TERCERO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 029 Civil del Circuito de Bogot�. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Acuerdo 01 de 2025. Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional. [2] Expediente digital ICC-5436, archivo �004_TutelaConAnexo.pdf�. [3] Expediente digital ICC-5436, archivo �005_AutoRechazaRemiteReparto.pdf�. Pese al nombre del documento, no se trata de un auto de rechazo; pues el resolutivo �nicamente se�ala la orden de remitir el expediente, mediante la Oficina de Reparto, a los juzgados del circuito de Bogot�. [4] Expediente digital ICC-5436, archivo �013_AutoGeneraConflictoCompetencia20260526�. [5] Auto 550 de 2018. [6] Ibid. [7] Ibid. [8] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [9] Ver, por ejemplo, el Auto 493 de 2017. [10] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991 (introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017). [11] Auto 655 de 2017. [12] Modificado por el Decreto 799 de 2025. [13] Ver, entre otros, los Autos 366 de 2021 y 036 de 2022, M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado. El par�grafo
- segundo. del art�culo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el art�culo 1� del Decreto 333 de 2021 dispone que � las anteriores reglas de reparto no podr�n ser invocadas por ning�n juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia � . [14] Auto 124 de 2009, M.P. Humberto Antonio Sierra Porto. [15] Corte Constitucional, A047 de 2026, A1126 de 2025 A1253 de 2024, entre otros.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.