A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Luis Eduardo Bohorquez Ochoa·Demandado Archivo Central Para El Distrito De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y la Sala Civil del Tribunal Superior de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que los despachos involucrados en la controversia se negaron a continuar con el conocimiento de la solicitud de amparo, con fundamento en reglas de reparto ajenas a los factores de competencia en materia de acción de tutela.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión que corresponda.
Se hizo una advertencia a los dos operadores jurídicos para que, en adelante, se abstengan de declarar su falta de competencia con base en reglas de reparto y de realizar análisis a priori relacionados con la naturaleza y eventual vinculación de las accionadas o de otras personas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 4 de abril de 2024 del Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera dentro del trámite de la acción de tutela presentada por el señor Luis Eduardo Ochoa Bohórquez contra el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), Oficina de Archivo Central del Centro de Servicios Administrativos para juzgados civil, laboral y familia, adscrita a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4656 al Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión que corresponda respecto de la acción de tutela presentada por el señor Luis Eduardo Ochoa Bohórquez contra el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), Oficina de Archivo Central del Centro de Servicios Administrativos para juzgados civil, laboral y familia, adscrita a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá que, en adelante, deberán abstenerse de declarar su falta de competencia con base en reglas de reparto y de realizar análisis a priori relacionados con la naturaleza y eventual vinculación de las accionadas o de otras personas.
- CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante, al Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.