A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Harold Eduardo Sua Montaño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recuso de reposición presentado en contra del Auto 519/21.
Con la precitada providencia la Sala Plena de la Corporación declaró que en la recusación presentada en contra de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado dentro del expediente LAT-461, el ciudadano Sua Montaña incurrió en la conducta descrita en el artículo 147 del CGP y, en consecuencia le impuso la multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la División de Fondos Especiales y Cobro Coactivo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la Judicatura.
Luego de analizar los argumentos presentados por el memorialista encontró la Corte que éstos son insuficientes para desvirtuar las consideraciones efectuadas por la Corporación en el auto cuestionado y, por ello, decidió NO REPONERLO y confirmar la multa impuesta en él.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. NO REPONER la decision contenida en el Auto 519 de 19 de agosto de 2021, proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional, que declaro que en la recusacion presentada contra la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado dentro del expediente D-13866, el ciudadano incurrio en la conducta descrita en el articulo 147 del CGP. En consecuencia, CONFIRMAR la multa de cinco salarios minimos legales mensuales vigentes, impuesta al senor Harold Eduardo Sua Montana, a favor de la Division de Fondos Especiales y Cobro Coactivo de la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, en los terminos senalados en dicha providencia.
- Segundo. INFORMAR al ciudadano Harold Eduardo Sua Montana que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.