A- de 2021
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Luz Mary Torres Hernandez·Demandado Secretaria De Educacion De Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta y el Juzgado Veintisiete Civil Municipal de Bucaramanga (Santander).
La controversia entre los precitados despachos se basó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos tienen competencia para dar trámite a la solicitud de amparo invocada, la Corte determinó que quien debe resolverla es el Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, a donde se ordena remitir el expediente para que, de manera inmediata, profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto 31 de agosto de 2021 proferido por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Oralidad de Cucuta dentro de la accion de tutela instaurada por la ciudadana Luz Mary Torres Hernandez en contra de la Secretaria de Educacion de Santander.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Oralidad de Cucuta el expediente ICC-4064, que contiene la accion de tutela presentada por la ciudadana Luz Mary Torres Hernandez en contra de la Secretaria de Educacion de Santander para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Veintisiete Civil Municipal de Bucaramanga.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.