Micelio
Auto23 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Maria Lucelly Herrera Monsalve·Demandado Consejo De Estado, Seccion Tercera, Subseccion A

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena de la Corte Constitucional decide SUSPENDER los términos en el presente auto durante tres meses, contados a partir del momento en que se alleguen y valoren las pruebas decretadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 del Acuerdo 2 de 2015, por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (27 puntos)
  1. SUSPENDER los términos en el presente asunto durante tres (3) meses, contados a partir del momento en que se alleguen y valoren las pruebas decretadas, de conformidad con lo previsto por el artículo 64 del Acuerdo 2 de 2015 "por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional".
  2. Cúmplase,
  3. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  4. Presidenta
  5. NATALIA ANGEL CABO
  6. Magistrada
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  10. Magistrado
  11. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  12. Magistrado
  13. Ausente con permiso
  14. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  15. Magistrado
  16. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  17. Magistrada
  18. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  19. Magistrada
  20. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
  23. Secretaria General
  24. 1 La Sala de Selección estuvo conformada por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Alberto Rojas Ríos. Los criterios orientadores de escogencia fueron (i) posible desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional y (ii) urgencia de proteger un derecho fundamental.
  25. 2 En documento digital: Auto de pruebas. Consecutivo 77.
  26. 3 Según el informe del 28 de marzo de 2022. En documento digital: Informe pruebas Secretaría Corte Constitucional. Consecutivo 75.
  27. 4 En ese documento, la
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.