Micelio
Auto15 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Castro Martinez Kevin David·Demandado Administracion Publica Cooperativa De Servicios Publicos De Zapayan

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Configuración De Cosa Juzgada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato (Magdalena).

El origen de la controversia radica en demanda ejecutiva laboral presentada por un ciudadano, contra la empresa Administración Pública Cooperativa de Servicios Públicas de Zapayán (COOPZAPAYAN), con la cual pretende que se libre mandamiento ejecutivo por valor, y otros conceptos referidos en escrito de demanda, correspondiente a los honorarios pactados en el contrato de prestación de servicios el cual tenía como finalidad la prestación del servicio de fontanero del sistema de acueducto de la cabecera municipal de Zapayán, Magdalena.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, la Corte asumió el conocimiento del expediente CJU-4637, que correspondía a un conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato, y en dicha oportunidad se declaró que el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta era la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por Kevin David Castro Martínez en contra de COOPZAPAYAN APC.

En consecuencia, remitió el expediente a dicha autoridad para lo de su competencia y para que comunicara la decisión a los interesados.

Se verifica entonces que hay identidad de causa, de partes y de objeto por lo que la Sala Plena encuentra que se cumple con las condiciones para que opere el fenómeno de la cosa juzgada entre el presente asunto y el analizado por esta Sala en el Auto 2985 de 2023 (CJU-4637).

La Corte decide estarse a lo resuelto en el Auto 2985 de 2023 y resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión a los interesados en el proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala Plena de la Corte Constitucional en el Auto 2985 de 2023, en el cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la jurisdicción contencioso administrativo y, específicamente, al Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo del Circuito.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4708 al Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo del Circuito de Santa Marta para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión a los interesados en el proceso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.