A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Octavo Civil del Circuito Oral de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda contractual iniciada por el municipio de Medellín en contra de la Cooperativa COOTRABEL, mediante la cual pretendía que se declarara el incumplimiento contractual y la consecuente terminación del contrato de arrendamiento suscrito y la consecuente restitución del inmueble.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión fijada en los Autos 480 y 481 de 2021, en virtud de la cual estableció que, conforme a lo consagrado en el artículo 141 de la Ley 1437 de 2011 corresponde al juez administrativo declarar el incumplimiento de contratos, condenar al responsable a indemnizar los perjuicios y hacer las declaraciones y condenas que considere procedentes, entre ellas, la restitución del inmueble arrendado.
Lo anterior en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 1° de la Ley 1564 de 201214, que faculta al juez administrativo, a remitirse al Código General del Proceso, en lo que respecte a la restitución del inmueble arrendado.
Consecuentemente con lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado Diecinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales e interesados en el proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellin y el Juzgado
- Octavo. Civil del Circuito de Oralidad de Medellin, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Diecinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellin es la autoridad competente para conocer el proceso correspondiente al medio de control de controversias contractuales promovido por el Municipio de Medellin en contra de la Cooperativa de Transportadores de Belen - COOTRABEL.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR el expediente CJU-777 al Juzgado Diecinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellin para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los sujetos procesales e interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.