A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción aparente entre el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de la misma ciudad.
Controversia nacida a partir de la presentación de una demanda ordinaria de responsabilidad contractual, en la cual el demandante exige que se declare civilmente responsable a la demandada por incumplimiento del contrato y, en consecuencia, se ordene la devolución de los dineros retenidos y la devolución del doble pago, más los daños y perjuicios generados.
La Corte Constitucional se declara INHIBIDA para pronunciarse sobre la anterior controversia, debido a que no tiene competencia para resolver conflictos al interior de una misma jurisdicción.
Se remite el expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá para que proceda a dirimir el conflicto de competencias.
La Sala Plena advierte al juzgado que se abstenga de proponer conflictos entre jurisdicciones inexistentes, por tratarse de asuntos que involucran un conflicto de competencia al interior de la misma jurisdicción, los cuales no corresponde definir a la Corporación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Bogota y el Juzgado Dieciseis Civil del Circuito de Bogota, en relacion con la competencia para conocer de la demanda ordinaria de responsabilidad contractual de Edilson Florido Bustos contra el Edificio Multifamiliar Los Angeles Ubicado en la ciudad de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-645 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota para que (i) proceda a dirimir el conflicto de competencias y (ii) comunique la presente decision a los interesados en este tramite.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Bogota que, en lo sucesivo, se abstenga de proponer conflictos entre jurisdicciones inexistentes, por tratarse de asuntos que involucran un conflicto de competencia al interior de la misma jurisdiccion, los cuales no corresponde definir a esta Corporacion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.