Micelio
Auto23 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Rios Tovar Jhon Jairo·Demandado Municipio De Cerete Y Fundacion Familia Sana

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Primero Civil del Circuito de Cereté y Cuarto Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda Ordinaria Laboral presentada por un ciudadano en contra del municipio de Cereté y de la Fundación Familia Sana.

Esto, con la finalidad de que se declare que existió una relación laboral entre el demandante y el municipio demandado y, de manera solidaria, con la Fundación Familia Sana.

Como consecuencia de lo anterior, solicitó que se condene a las demandadas, de manera solidaria, al pago de las prestaciones sociales y acreencias laborales derivadas de ese contrato.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que la competencia para conocer el mencionado asunto recae en el Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería, a donde ordenó enviar el expediente para que adelante las funciones que le corresponden y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados en este trámite.

Como regla de decisión se estableció que, conforme al artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería y el Juzgado
  3. Primero. Civil del Circuito de Cereté, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Jhon Jairo Rojas Tovar en contra del municipio de Cereté y la Fundación Familia Sana.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-942 al Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito de Cereté.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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