A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Idear·Demandado Jaimes Daza Jorge Eliecer
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 003 Administrativo de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva hipotecaria de menor cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de un ciudadano, con el fin de solicitar se libre mandamiento de pago de una suma de dinero contenida en un pagaré que se originó en un crédito de vivienda, insoluto.
Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no está acreditado el presupuesto objetivo.
Ello, porque al verificar el expediente, se observa que el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca libró mandamiento ejecutivo a favor del IDEAR, luego ordenó seguir adelante con la ejecución y se surtió el trámite hasta fijar la fecha de la diligencia de remate.
El Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad continuó con el trámite correspondiente y realizó la audiencia de remate procesales.
Así las cosas, en el proceso ejecutivo hipotecario de menor cuantía se profirió auto que ordena seguir adelante con la ejecución.
Es decir, que existe una decisión que condena al pago de la obligación a la parte ejecutada y se adelantó actuaciones como el secuestro, remate de un inmueble y aprobación de costas procesales, a efectos de materializar la condena judicial impuesta.
Al no existir causa judicial vigente, pues el asunto culminó su objeto, la Sala Plena se declara inhibida para decidir.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 003 Administrativo de Arauca, Arauca, respecto de la demanda presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR) en contra de Jorge Eliécer Jaimes Daza.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6536 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.