Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-854 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. � DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Comisar�a de Familia de Santiago (Putumayo) y el Cabildo Mayor Ind�gena del mismo municipio y DECLARAR que la Comisar�a de Familia de Santiago (Putumayo) es la autoridad competente para conocer del incidente de incumplimiento de las medidas de protecci�n ordenadas previamente a favor de la se�ora Paola , como v�ctima de violencia intrafamiliar perpetrada por el se�or Pedro .
  2. Segundo. Por medio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, REMITIR el expediente CJU-7380 a la Comisar�a de Familia de Santiago (Putumayo), para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n a los interesados y al Cabildo Mayor Ind�gena . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �************** Q CC,pdf�, pp. 10-11 [2] Ibid. [3] Ibid. [4] Ibid., pp. 17-18. [5] Ibid., pp. 49-52. [6] Ibid., pp. 77-90. [7] Expediente digital, archivo �************** 22_removed_removed_removedpdf�, pp. 5-9. [8] Ibid., pp. 16-20. [9] Ley 2126 de 2021, �[p]or la cual se regula la creaci�n, conformaci�n y funcionamiento de las comisar�as de familia, se establece el �rgano rector y se dictan otras disposiciones�, art�culo 20, par�grafo 3. �Sin perjuicio de las competencias de la respectiva autoridad ind�gena ejercidas en desarrollo de la jurisdicci�n especial reconocida por el Art�culo 246 de la Constituci�n Pol�tica, cuando sea puesto en conocimiento de las Comisar�as de Familia un caso de violencia en el contexto familiar en las comunidades ind�genas, el comisario o comisaria de familia asumir� competencia y podr� decretar cualquiera de las medidas establecidas en la presente ley, con observancia del enfoque diferencial y teniendo en cuenta el di�logo intercultural�. [10] Ibid., pp. 22-30. [11] Ibid. [12] Ibid. [13] Ibid. [14] Ibid. [15] Ibid. [16] Ibid. [17] Ibid., pp. 36-56. [18] Ibid., pp. 74-81. [19] Ibid., p. 81. [20] Ibid., p. 79. [21] Ibid., pp. 88-91. [22] Ibid., pp. 107-110. [23] Ibid. [24] Ibid., pp. 97-106. [25] Expediente digital, archivo �02CJU-7380 Correo Remisoriopdf�. [26] Expediente digital, archivo �CJU-7380 Constancia de Repartopdf�. [27] Ibid. [28] Expediente digital, archivo �01 OFICIO CORTE CONSTITUCIONAL - CONFLICTO DE COMPETENCIAS - [Paola] pdf�. [29] Expediente digital, archivo �02 DOCUMENTOS ACTA DE DEFUNCION - ****20260218_10140492pdf�. [30] Ibid., p. 3. [31] Ibid. [32] Expediente digital, archivo �EXPEDIENTE CJU-7380_ CABILDO *** SANTIAGOpdf�. La gobernadora adjunt� el certificado de la Direcci�n de Asuntos Ind�genas, Rom y Minor�as del Ministerio del Interior que la acredita como gobernadora de la comunidad ind�gena *** para la vigencia 2026. Expediente digital, archivo �REGISTRO DE AUTORIDAD TRADCIONAL ANTE EL MINISTERIO DEL INTERIOR.pdf�. [33] Ibid., p. 1. [34] Ibid., p. 2. [35] Ibid. [36] Expediente digital, archivo �CJU-7380 INFOME AUT CORTE_ CABILDO MAYOR *** DE SANTIAGOpdf�, p. 1. [37] Ibid., p. 2. [38] Ibid. [39] Expediente digital, archivo �oficio 202620260320_16554642_removedpdf�, p. 1. [40] Expediente digital, archivo �RESOLUCION 022 DEL 19 DE MARZO 2026_removed � copiapdf�. [41] Expediente digital, archivo �Resolucion 023 de del 03 de febrero 2026 20260320_18222788pdf�, p. 4. [42] Expediente digital, carpeta �OPCJU-021�. [43] Expediente digital, carpeta �OPCJU-022�. [44] Expediente digital, carpeta �OPCJU-024�. [45] Expediente digital, carpetas �OPCJU-022� y �OPCJU-024�. [46] Expediente digital, archivo �EXPEDIENTE CJU-7380_ CABILDO **** SANTIAGOpdf�, p. 5. [47] Ibid., p. 6. [48] Ibid. [49] Ibid. [50] Ibid., p. 8. [51] Expediente digital, archivo �PLAN DE VIDA DEL PUEBLO ***.pdf�, p. 102. [52] Ibid. [53] Ibid. [54] La intervenci�n de la gobernadora tambi�n incluy� como anexos una copia del testamento del taita **** y la transcripci�n del Decreto ** de 1956, que cre� el �Resguardo de Ind�genas �. [55] Expediente digital, archivo �Anexo_2 (1).pdf�. [56] Ibid., p. 2. [57] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] || 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [58] Estas consideraciones se realizan con base en el Auto 1433 de 2024. [59] Auto 155 de 2019. [60] Este elemento exige que la controversia sea suscitada por, al menos, dos autoridades que administren justicia, que pertenezcan a diferentes jurisdicciones y que reclamen o rechacen su jurisdicci�n sobre el asunto. [61] Seg�n este elemento debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional. [62] A partir de este elemento es necesario que las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa. [63] Auto 253 de 2025, que cita el Auto 396 de 2023. [64] Auto 396 de 2023, reiterado en los autos 253 de 2025 y 086 de 2026. [65] Ver, por ejemplo, los autos 253 de 2025 y 086 de 2026. [66] Expediente digital, archivo �**** Q. C.C,.pdf�, p. 77. [67] Expediente digital, archivo �*** 22_removed_removed_removed.pdf�, p. 5. [68] Ver: fundamento jur�dico 15. [69] Ver: fundamento jur�dico 7. [70] Estas consideraciones se desarrollaron con base en las del Auto 1243 de 2024. [71] Sentencia
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.