Micelio
Auto9 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Baquero Rueda Altus Alejandro·Demandado Consejo De Estado Seccion Quinta

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medidas Provisionales
  • Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
  • Suspensión del acto específico de autoridad pública, administrativa, judicial o particular por amenaza o vulneración
Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
  • Suspensión de providencia judicial, hasta que la Sala emita pronunciamiento de fondo
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se decreta una medida provisional en el presente asunto, consistente en la suspensión del numeral primero del auto proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado dentro del proceso de nulidad electoral, mediante el cual impuso como medida cautelar la suspensión de la elección del accionante como magistrado del Consejo Nacional Electoral.

Lo anterior, hasta que la Corporación notifique la sentencia que profiera en la revisión de la tutela de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. SUSPENDER el numeral
  2. primero. del auto del 25 de mayo de 2023, proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el proceso con radicado 11001-03-28-000-2022-00322-00, mediante el cual se suspendieron de manera provisional los efectos del acto de elección de Altus Alejandro Baquero Rueda, como magistrado del Consejo Nacional Electoral, para el periodo 2022-2026, contenido en el acta de sesión del Congreso en Pleno del 30 de agosto de 2022, publicada en la Gaceta nro. 1185 de dicha corporación del 3 de octubre de 2022, hasta cuando se notifique la sentencia que se profiera en la revisión de la tutela T-9.732.556.
  3. SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al accionante y a la Sección Quinta del Consejo de Estado, a través de correo electrónico y de las direcciones físicas que figuran en el expediente.
  4. TERCERO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.