Micelio
Auto17 de junio de 2025

A- de 2025

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Alejandro Aristizabal Zapata·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recusacion De Magistrado En Proceso De Constitucionalidad
  • Rechazar de plano por falta de competencia, por cuanto Magistrado no se ha posesionado en el cargo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recusación presentada en contra del magistrado electo Héctor Alfonso Carvajal Londoño.

Según el memorialista, el precitado magistrado incurrió en varias de las causales contenidas en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, lo que podría soslayar su independencia e imparcialidad judicial para participar en la decisión sobre la constitucionalidad de la ley demandada.

Al revisar el asunto concluyó la Sala Plena que la Corte Constitucional no tiene competencia para estudiar la pertinencia de una recusación presentada contra un magistrado electo que no se ha posesionado en el cargo.

Con base en lo anterior, se RECHAZÓ DE PLANO, por falta de competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR DE PLANO, por falta de competencia, la recusación presentada por Alejandro Aristizábal Zapata, dentro del proceso D-15.989, en contra del magistrado electo de la Corte Constitucional Héctor Alfonso Carvajal Londoño.
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.