Auto24 de junio de 2026
A-828 de 2026
✓
Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 17 de abril de 2026 , proferido por el Juzgado 007 Administrativo de Santa Marta , dentro del tr�mite de la acci�n de tutela presentada por Ricardo contra La Previsora Seguros S.A.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC- 5437 al Juzgado 007 Administrativo de Santa Marta , para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 006 Penal Municipal con Funci�n de Conocimiento de C�cuta, para que, en lo sucesivo, cuando considere que carece de competencia para conocer de una acci�n de tutela y estime configurado un conflicto negativo de competencia, remita el expediente a la autoridad judicial competente para dirimirlo, conforme a las reglas jurisprudenciales fijadas por esta Corporaci�n en la materia.
- CUARTO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICARLE la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 007 Administrativo de Santa Marta , y al Juzgado 006 Penal Municipal con Funci�n de Conocimiento de C�cuta . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente ICC-5437. Documento �11001023000020260059000-0008Demanda.pdf� p.1. En adelante, siempre que se mencione un documento digital, se entender� que hace parte del expediente ICC-5437, a menos que se diga expresamente lo contrario. [2] Ibid. pp. 6 y 7. [3] Documento �11001023000020260059000-0004Auto.pdf� [4] El despacho cit� a Corte Constitucional, Auto 096 de 2021. [5] Documento �11001023000020260059000-0007Auto.pdf� [6] El despacho hizo referencia a CSJ ATC095-2022, 2 de feb 2022, rad. 2022-00273-00, ATC421-2021 6 abr. 2021 rad. 2021-01010-00, ATC346-2020 18 mar. 2020 rad. 2020-00855-00; CSJ ATL1706-2021 3 nov. 2021 rad. 64856, ATL2039-2019 18 dic. 2019 rad. 58300; CSJ ATP-895-2021 22 jun. 2021 rad. 117645, Auto 155 23 abr. 2020 rad. 155; CSJ APL 3106-2021 15 jul. 2021 rad. 2021-00785-00, APL5982-2021 25 nov. 2021 rad. 2021-02017-00, APL5983-2021 25 nov. 2021 rad. 2021-02027-00. [7] El despacho cit� a Corte Constitucional, Auto 024 de 2021. [8] Documento �11001023000020260059000-0010Auto.pdf� [9] El magistrado sustanciador hizo referencia a Corte Constitucional, autos 014 de 1994, 087 de 2001, 031 de 2002, 122 de 2004, 280 de 2006 y 031 de 2008. [10] Documento �11001023000020260059000-0010Auto.pdf� p. 4. [11] Documento �Correo envio ICC 5437.pdf� [12] Corte Constitucional, Auto 550 de 2018. [13] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [14] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [15] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991, introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017. [16] Corte Constitucional, Auto 655 de 2017. [17] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [18] Corte Constitucional, autos 053,158, 224 de 2018; 780 de 2024, entre otros. [19] �Art�culo 37. Primera instancia. Son competentes para conocer de la acci�n de tutela, a prevenci�n, los jueces o tribunales con jurisdicci�n en el lugar donde ocurriere la violaci�n o la amenaza que motivaren la presentaci�n de la solicitud (�) �. [20] Corte Constitucional, autos 053,158, 224 de 2018; 780 de 2024, entre otros. [21] Corte Constitucional, autos 299 de 2013 y 074 de 2016, entre otros. [22] Corte Constitucional, autos 086 de 2007 y 067 de 2011, entre otros. [23] V�ase tambi�n Corte Constitucional, Auto 1112 de 2024.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.